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Informe del Centro Palestino de Derechos Humanos de Gaza.

Enero de 2002

ÍNDICE


INFORME

I. Una visión general de la Franja de Gaza

La Franja de Gaza formaba parte del Mandato Británico de Palestina antes de 1948 y fue tomada por Israel a Egipto en la guerra de 1967. A pesar de que la Franja de Gaza está bajo la ocupación israelí, no se la considera parte de Israel ni por el Gobierno israelí ni por ningún otro país. La Franja de Gaza tiene aproximadamente unos 360 kilómetros cuadrados. Tiene 11 km de frontera con Egipto y 51 con Israel. Sus fronteras terrestres y otros 40 km de línea costera están bajo control israelí. A diferencia de Cisjordania la Franja de Gaza, a lo largo de su frontera terrestre está totalmente rodeada por una verja de seguridad controlada por Israel.

En la Franja de Gaza viven alrededor de 1,2 millones de palestinos en aproximadamente el 60% de su superficie en lo que se conoce como una de las zonas más densamente pobladas de la Tierra. El 30% de la tierra se la reservan 6.000 israelíes (el 5% de la población total) que viven en asentamientos ilegales.

Según los Acuerdos de Oslo, Israel mantendría el control militar del 42% de la Franja de Gaza. En ello se incluyen asentamientos, bases militares, carreteras de circunvalación y una zona de protección a lo largo de toda la frontera así como las "áreas amarillas" (zonas de población palestina pero controladas por Israel).

Tres de cada cuatro habitantes de Gaza son refugiados expulsados o sus descendientes, del territorio que ahora es Israel durante la guerra de 1948. Aproximadamente 400.000 de ellos viven en los campos de la ONU. La población palestina de la Franja de Gaza crece rápidamente, por encima del 4% anual; la mitad de su población tiene menos de 15 años.

Los asentamientos israelíes de la Franja de Gaza son ilegales según la legislación internacional humanitaria (1). Construidos fundamentalmente sobre tierras expropiadas, los asentamientos interrumpen la continuidad territorial de las zonas palestinas y sirven para justificar la presencia militar israelí. Están fuertemente fortificados y ligados con Israel a través de carreteras que están fuera de los límites de uso de la población palestina. Los colonos israelíes de la Franja de Gaza no tienen prácticamente ningún contacto con la población palestina.

Antes del inicio de la Intifada al-Aqsa en septiembre del 2000, la economía de Gaza se estimaba en unos 1.000 millones de dólares USA. El sector servicio era el sector económico más importante seguido de la agricultura. Según Naciones Unidas la economía palestina ha sufrido una contracción del 50% sólo durante los últimos cuatro meses del año 2000, debido, todo ello, a las fuertes restricciones de movimiento de la población impuestas por Israel(2). El cierre de las fronteras ha supuesto que, alrededor de 24.000 trabajadores de Gaza que solían pasar a Israel, se vean impedidos a acceder a sus puestos de trabajo.


1 "La Potencia ocupante no podrá proceder a la evacuación o transferencia de una parte de su propia población civil al territorio por ella ocupado" (Cuarta Convención de Ginebra, Artículo 49 párrafo 6). 2 Se pueden consultar los informes en: www.unsco.org .


II. ¿Qué significa ocupación?

La Franja de Gaza y Cisjordania (incluido Jerusalén Este) se conocen oficialmente como los Territorios Palestinos Ocupados (TPO), tomados por Israel en 1967 en lo que, quizás, pueda ser considerada como la ocupación militar más larga de la historia moderna. Hablar de los Territorios Palestinos Ocupados simplemente como "Gaza y Cisjordania", encubre la cuestión de la ocupación, que es tal como se define según la legislación internacional.

Por su condición de población civil que vive bajo la ocupación, los tres millones de palestinos que viven en los TPO merecen la protección legal de la Cuarta Convención de Ginebra. La firma de los Acuerdos de Oslo en 1993, el establecimiento de la Autoridad Nacional Palestina (ANP) y la anexión unilateral de Jerusalén Este no tiene ningún efecto de invalidación sobre el derecho a la protección(1). Tanto por Naciones Unidas como cada una de las 189 naciones que han firmado la Convención, lo han afirmado repetidamente, excepto Israel.

Los Acuerdos de Oslo no acabaron con la ocupación, ni legalmente ni en la práctica. Según estos acuerdos Israel mantenía el control sobre el 82% de los Territorios Palestinos Ocupados, sobre todas las fronteras y sobre los movimientos de población entre Gaza y Cisjordania así como en el interior de estas zonas. Las leyes militares israelíes se siguen aplicando sobre la población palestina y su tierra, así como los tribunales militares. Alrededor de 300 presos palestinos que habían sido arrestados antes de los Acuerdos de Oslo continúan en las cárceles israelíes. Además los Acuerdos de Oslo reconocieron formalmente el control israelí sobre los asentamientos en los TPO, a pesar de que estos asentamientos son ilegales según la legislación internacional humanitaria. Mientras Israel algunas veces dice que "el 90% de la población palestina vive bajo el mandato de la ANP", cada una de las acciones de Israel tienen un impacto muy directo sobre cada uno de los aspectos de la vida en los TPO.

La Autoridad Nacional Palestina no es un Estado. No tiene continuidad territorial ni control sobre sus fronteras o sobre la línea costera que se encuentra bajo control exclusivo de Israel. Las áreas controladas por la ANP en los Territorios Palestinos Ocupados están fragmentadas en docenas de bantustanes aislados. Cualquier lazo entre Gaza y Cisjordania o con el mundo exterior, está bajo control israelí; incluso los impuestos de aduanas destinados a fondos de la ANP los cobran las autoridades israelíes (y han sido retenidos durante el período de la Intifada al-Aqsa). Funciones gubernamentales básicas como la judicial, el poder ejecutivo o el Consejo Legislativo Palestino, han sufrido serias interrupciones por las restricciones de movimientos impuestas por Israel que, así mismo, han estrangulado la economía.


1 "Las personas protegidas que se encontraren en territorio ocupado no perderán, en ninguna coyuntura ni en modo alguno, los beneficios del presente Convenio [Cuarta Convención de Ginebra], ya sea en virtud de cambios ocurridos a consecuencia de la ocupación en las instituciones o la gobernación del territorio de que se trata, o por acuerdos concertados entre las autoridades del territorio ocupado y la Potencia ocupante, o como secuela de la anexión por esta última de la totalidad o de parte del territorio ocupado". (Articulo 47, Cuarta Convención de Ginebra).


III. Colonias y apartheid en los Territorios Palestinos Ocupados.

Desde que Gaza, Cisjordania y Jerusalén Este fueron tomados por Israel en 1967, la intención de Israel ha sido la de colonizar los Territorios Palestinos Ocupados (TPO) a través de la táctica de construcción de asentamientos en las tierras ocupadas. Los asentamientos son la piedra angular de un sistema de apartheid de facto en los TPO que se complementa con un sistema separado de carreteras, leyes y una expropiación discriminatoria de los recursos naturales.

La tierra. En la Franja de Gaza 1,2 millones de palestinos subsisten en el 60% de la tierra, mientras que 6.000 colonos israelíes (el 5% del total de la población) ocupa el 30% del territorio (el resto son zonas sin asentamientos que están controladas por el ejército israelí, como carreteras de circunvalación y bases). Los colonos israelíes en la Franja de Gaza disfrutan de 699 veces más espacio per cápita que cualquier residente de un campo de refugiados (1).

Agua. Israel desvía el 88% de los recursos hídricos de los TPO para su propio uso o para el uso de las colonias(2). En la Franja de Gaza, Israel prohíbe a la población palestina que abra pozos para uso agrícola, mientras que los colonos pueden hacerlo a su antojo. Por ello, el consumo de agua per cápita entre los colonos de la Franja de Gaza es de 1.000 m3 mientras que el de la población palestina es de 172(3). Además, los subsidios del gobierno israelí hace que el agua sea cuatro veces más barata para los colonos que para la población palestina de la Franja de Gaza, a pesar de las enormes diferencias de renta entre ambas partes(4).

Leyes. Cualquier israelí que cometa un crimen en los TPO es llevado ante un tribunal civil, (a pesar de que las leyes internas israelíes no se deben aplicar fuera de sus fronteras), mientras que cualquier palestino que sea arrestado se somete a los tribunales militares, donde la protección es inadecuada, la tortura, una rutina, y los castigos y penas son más duros incluso cuando se trata de crímenes menores (5). Es más, las negligencias a la hora de investigar o castigar a los colonos que han cometido crímenes violentos es rampante. Entre el 9 de diciembre de 1987 y el 1 de abril del 2001, colonos israelíes asesinaron a 119 palestinos en los TPO, de los cuales, hasta el día de hoy, sólo 6 han sido acusados de asesinato y sólo se ha dictado una sentencia de cadena perpetua(6). Los colonos disfrutan de todo tipo de beneficios y de la protección que le proporciona su ciudadanía en una tierra sometida a una beligerante ocupación y donde la mayoría de sus habitantes no tiene reconocida una nacionalidad.

Libertad de movimiento. Después de los Acuerdos de Oslo, Israel construyó carreteras de circunvalación (cuyo acceso está prohibido a los palestinos) para ligar cada uno de los asentamientos con Israel, interrumpiendo, así la continuidad de las áreas palestinas. En las zonas de intersección con las carreteras palestinas, el ejército israelí detiene el tráfico palestino para garantizar el paso de los conductores israelíes. Además está prohibida cualquier edificación palestina en zonas de protección a lo largo de todas esas carreteras. Sólo en Cisjordania hay 340,8 km de carreteras de circunvalación, las cuales, con sus zonas de protección anejas cubren una superficie de 51 km2. Mientras que los colonos pueden entrar y salir a Israel con toda facilidad, la población palestina tiene que soportar controles, aunque simplemente pretenda llegar al pueblo vecino.

Todos los asentamientos israelíes en los Territorios Palestinos Ocupados son ilegales según lo establecido en la Cuarta Convención de Ginebra (7). Esto ha sido repetidamente confirmado tanto por Naciones Unidas como por los signatarios de la Convención, excepto Israel. Según la legislación internacional humanitaria, es ilegal, para una Potencia ocupante transferir parte de su propia población al territorio que ocupa, tampoco le es permitido introducir ningún cambio permanente en el territorio que ocupa si no es en beneficio de la población ocupada.

Imágenes de satélite muestran que en la actualidad, y al margen de las instalaciones militares, hay construidas en los TPO 308 áreas, de las cuales al menos 26 están en la Franja de Gaza(8). Aproximadamente 400.000 colonos viven en los Territorios Palestinos Ocupados, la mitad de los cuales se sitúan en Jerusalén o en su entorno. La mayor parte de los colonos se benefician de generosos incentivos gubernamentales, como exenciones de impuestos, préstamos y subvenciones para las tierras o sus construcciones, subsidios para el agua y la agricultura, escolaridad gratuita y preferencia a la hora de acceder a puestos de trabajo públicos. Pero a pesar de la carga que soportan los presupuestos estatales a favor de los colonos, hay un excedente de, al menos, 4.000 viviendas en los TPO(9). Muchos colonos reciben armas del gobierno israelí.

Todos los asentamientos son igualmente ilegales. Aquéllos que se anexionan a Jerusalén este (a los que a menudo se refieren como "barrios israelíes" o "suburbios israelíes") no son menos ilegales que el resto. La anexión unilateral llevada a cabo por Israel de Jerusalén Este viola el artículo 47 de la Cuarta Convención de Ginebra y, por ello, no ha sido reconocida por ningún otro gobierno del mundo. Israel califica como "ilegales" a aquellos asentamientos construidos sin autorización gubernamental, pero ello no significa que los otros no sean igualmente ilegales.

Los Acuerdos de Oslo legitimaron los asentamientos al aplazar esta cuestión a la "negociación del estatuto final". Los Acuerdos de Oslo no pidieron a Israel que se retiraran de ni uno solo de los asentamientos en los TPO; es más, Israel incrementó sus asentamientos hasta unos niveles sin precedentes, incrementándose el número de colonos en un 72% entre septiembre del 93 y marzo del 2001 (excluyendo Jerusalén Este). El punto álgido de su construcción se registró durante el mandato del Primer Ministro Ehud Barak. Al menos 25 nuevos asentamientos se han establecido en Cisjordania por el gobierno israelí entre los meses de febrero y octubre del 2001. Aceptando implícitamente la legitimidad de los asentamientos, los Acuerdos de Oslo violaron la Cuarta Convención de Ginebra, la cual no puede ser suplantada por ningún tipo de acuerdo.


1 Sara Roy, La Franja de Gaza: The Polilical Economy of De-Devehpment, 1995, p. 178.

2 Grupo Hidrológico Palestino, http://www.phg.org/report_02.html.

3 Ibrahim Mater, "Asentamientos Judíos, los Derechos de los Palestinos y la Paz - Information Paper Number 4, Centre for Policy Analysis on Palestine, January 1996, p. 12.

4 Jeffrey Dillman, "Derechos sobre el Agua en los Territorios Ocupados, Journal of Palestine Studies, Fall 1989, p.55.

5 Según los Acuerdos de Oslo la Autoridad Nacional Palestina (ANP) no ejerce ningún control sobre los asentamientos israelíes, a pesar de que todos ellos están considerados como ilegales por la Legislación Humanitaria Internacional.

6 B'Tselen, "Sumario de investigaciones y juicios en casos en los que palestinos han muerto a manos de civiles israelíes," http://www.btselem.org/english/Israeli Civilians/Trials of Is.asp.

7 "La Potencia ocupante no podrá proceder a la evacuación o transferencia de una parte de su propia población civil al territorio por ella ocupado," (Artículo 49, párrafo 6).

8 Sistema de Información Geográfica, Instituto de Jerusalén de Investigación Aplicada.

9 "Hoja Informativa: Asentamientos en Gaza y Cisjordania, Americans for Peace Now, www.peacenow.org/nia/briefs/Settlements0301.html.


IV. Asesinatos

Durante la Intifada al-Aqsa, entre ejército de ocupación israelí y los colonos han sido asesinados al menos 774 palestinos en los territorios Palestinos Ocupados (TPO). En este dato no se incluyen aquellos militantes palestinos que han muerto en ataques contra objetivos israelíes(1). Alrededor de otros 16.000 palestinos han resultado heridos. La gran mayoría de ellos eran civiles desarmados, mientras que 190 (25%) eran menores de 18 años. La mayor parte de estos asesinatos se produjeron en:

Manifestaciones y "enfrentamientos".  El ejército de ocupación israelí ha asesinado a cientos de palestinos que participaban en manifestaciones contra posiciones militares israelíes en los TPO, especialmente durante los primeros meses de la Intifada al-Aqsa. En la mayoría de los casos los manifestantes eran pacíficos, o simplemente tiraban piedras a los soldados israelíes que se encontraban bien fortificados en posiciones militares a centenares de metros de distancia. Los soldados israelíes con frecuencia respondían a los manifestantes con munición real o con balas metálicas recubiertas de caucho, incluso cuando ni sus vidas ni las de terceras personas se hallaban en peligro y sin usar previamente ningún otro tipo de advertencia previa. El uso excesivo de la fuerza es ilegal según la Cuarta Convención de Ginebra. En los contados casos en los que han aparecido palestinos armados, casi. siempre se ha separado a los hombres armados del resto de los manifestantes y siempre han disparado después de que el ejército israelí disparara con fuego real contra los manifestantes desarmados(2).

Ataques indiscriminados y bombardeos aéreos, son la causa de alrededor del 30% de las víctimas palestinas. Las zonas residenciales de las comunidades palestinas, especialmente aquéllas situadas cerca de asentamientos israelíes y bases militares, están sometidas frecuentemente a ataques indiscriminados. En algunos casos estos ataques se repiten cada noche. Artillería pesada y tanques abrieron fuego contra pueblos palestinos y campos de refugiados, mientras que helicópteros Apache y aviones de combate F-16 bombardeaban los edificios oficiales de la Autoridad Nacional Palestina en áreas civiles. Este uso excesivo de la fuerza, y también a menudo indiscriminado, conlleva muertes y destrucción de innumerables viviendas.

Alrededor del 9% de las víctimas palestinas han sido asesinadas. Utilizando helicópteros de combate, unidades secretas y bombas trampas, el ejército de ocupación ha asesinado a 72 palestinos en operaciones diseñadas para eliminar activistas palestinos tanto líderes políticos como militantes. Estos asesinatos son ejecuciones extrajudiciales. Tienen lugar sin pruebas, juicios u oportunidades de apelación. En la mayor parte de los casos ni siquiera se intenta el arresto. Es más, Israel lleva a cabo estos asesinatos con completo desprecio a la vida de terceras personas. De las 72 personas que han sido asesinadas de esta manera, 20 eran viandantes y entre ellos había al menos cuatro niños. Los asesinatos están estrictamente prohibidos por la Cuarta Convención de Ginebra y han sido universalmente condenados, incluso por aliados de Israel, como Estados Unidos.

Incursiones. Las unidades del ejército de ocupación israelí frecuentemente invade áreas que están bajo control exclusivo de la Autoridad Nacional Palestina. Tanques, vehículos blindados y excavadoras, a menudo con el respaldo de aviones de combate, rodean e invaden comunidades palestinas aplastando cualquier posible acto de resistencia. Los soldados israelíes toman viviendas, llevan a cabo registros casa por casa, arrestos masivos y destrucción de viviendas y propiedades.

Asesinatos deliberados. Docenas de palestinos han sido asesinados en situaciones de calma, mientras esperaban para cruzar un puesto de control militar o simplemente mientras caminaban por la calle, sin que hubiera signos de violencia en las inmediaciones. Estos asesinatos deliberados son graves violaciones de la Cuarta Convención de Ginebra y por ello están considerados como crímenes de guerra ante la legislación humanitaria internacional.

Asesinatos cometidos por colonos. Los colonos israelíes asentados en los TPO son ilegales y están vinculados a un gran número de actos de violencia contra la población palestina desde 1967. Durante la Intifada al-Aqsa, varios palestinos han sido asesinados por colonos israelíes y otras docenas más han resultado heridos o golpeados. Las autoridades israelíes que proporcionan incentivos económicos muy generosos a los colonos así como armas automáticas para su "protección", nunca han investigado adecuadamente estos actos de violencia ni ha castigado a sus responsables.

Hay que señalar, además, que en ninguno de los cientos de casos en que han sido asesinados palestinos por las fuerzas de ocupación o por colonos desde el inicio de la Intifada al-Aqsa, ningún miembro del ejército ni ningún policía ha sido acusado, y en ningún caso ninguna compensación ha sido pagada a sus familiares.


1 Estos datos se refieren al período que va desde el 28 septiembre 2000 al 29 diciembre del 2001. Se excluyen los palestinos asesinados en el interior de Israel.

2 Ver, inter alia, Illusions of Restraint, B'Tselem, diciembre 2000, www.btselem.org.


V. Asedio y cierre

El asedio y cierre en los Territorios Palestinos Ocupados (TPO), que se ha reforzado dramáticamente por parte del ejército de ocupación israelí desde octubre del 2000, ha situado a los tres millones de palestinos en una serie de cárceles colectivas, a unos niveles nunca alcanzados desde 1967 (ni siquiera durante la primera Intifada). Israel ha impuesto el cierre de todas las fronteras internacionales, aislando Gaza y Cisjordania de Israel, de los países vecinos o del Jerusalén Este ocupado. Además ha impuesto un cerco a las ciudades, pueblos y campos de refugiados palestinos, restringiendo dramáticamente la libertad de movimientos en el interior de los Territorios Palestinos Ocupados. Además el ejército con frecuencia impone el toque de queda a las comunidades palestinas durante sus incursiones a zonas bajo control exclusivo de la ANP o en el sector de la ciudad de Hebrón controlado por Israel, todo ello como una forma de arresto domiciliario colectivo.

En Cisjordania, los puestos de control y barricadas en las carreteras han aislado cada una de las aldeas y campos de refugiados, creando así al menos 64 fragmentos aislados, mientras que la Franja de Gaza se ha dividido en tres o cuatro zonas. Las restricciones a la libertad de movimiento tiene un impacto directo en cada una de las actividades económicas y sociales de la vida: los negocios, el sistema escolar o sanitario y las Instituciones de la Autoridad Nacional Palestina. Las personas tienen que enfrentarse a numerosas dificultades para visitar a sus familiares (especialmente si están detenidos en cárceles israelíes), los estudiantes no pueden ir a las escuelas (o se encuentran aislados de sus familias y hogares), el acceso a los lugares de culto está restringido, los pescadores no pueden comerciar sus pescas. Por encima de todo ello, los palestinos se ven sometidos de manera rutinaria a tratos degradantes y humillantes en cada uno de los puestos de control, son amenazados por armas de fuego, violencia verbal, registros corporales y arbitrarias prohibiciones de desplazamientos.

Los asedios y cierres tienen un impacto devastador en la economía, especialmente porque hay una gran dependencia de los TPO de la economía israelí que ha sido potenciada por los sucesivos gobiernos israelíes desde 1967 (el 95% de las exportaciones palestinas van a Israel). Los ingresos provenientes de los aproximadamente 120.000 palestinos que trabajaban en Israel antes del inicio de la Intifada al-Aqsa, aproximadamente el 25% de la renta laboral de la economía palestina, se ha evaporado.

Las restricciones a la libertad de movimientos internos, ha supuesto así mismo un trastorno enorme para cualquier tipo de negocio, y los niveles de pobreza y desempleo se han incrementado a límites dramáticos (50% y 39.8%, respectivamente). Durante los últimos cuatro meses del año 2000, la economía palestina se contrajo un 50%, a consecuencia, fundamentalmente de la política de cierres y asedios(1).

El cierre es una forma de castigo colectivo, y por ello está prohibido por la ley internacional humanitaria (2). Incluso si dichas medidas se suavizaran, hay que tener presente que el cierre, como tal, es ilegal.

Los soldados israelíes de los puestos de control con frecuencia impiden o dificultan la evacuación d& enfermos y heridos a los hospitales palestinos, violando, así, la legislación humanitaria internacional. Durante la Intifada al-Aqsa, 27 palestinos han muerto como consecuencia de habérseles negado el acceso a la atención médica por parte del ejército de ocupación israelí (3). En muchos casos las muertes han ocurrido después de que los soldados israelíes han detenido, en los puestos de control, a enfermos en estado crítico durante varias horas, y estando a muy corta distancia del hospital.

Los TPO han sufrido diversas formas de cierre desde 1967. La introducción de una tarjeta magnética a finales de los años 80, indicó un reforzamiento dramático de los cierres internos y externos. Un sistema complicado y a menudo arbitrario de permisos se comenzó a desarrollar a lo largo de la década de los 90, haciendo que tanto los contactos como la cooperación entre israelíes y palestinos fuera más difícil durante el "Proceso de Paz".

La zona de Gaza más duramente castigada por los cierres es al-Mawasi, una zona agrícola de gran fertilidad al sur en la zona, entre Khan Yunis y Rafah. En al-Mawasi viven 8.000 personas, la mayoría de ellos pescadores y agricultores que viven bajo un sistema de apartheid de facto en los límites de un bloque de asentamientos israelíes (legales. Está completamente cerrado al exterior excepto por dos puestos de control a través de los cuales sólo los residentes pueden entrar. Sólo pueden entrar a pie, durante las horas del día, en pequeños grupos y con frecuencia soportando tratos degradantes y humillaciones en los puestos militares. Ni las ambulancias, ni los parientes de los residentes de esta zona pueden entrar. En el interior, una amplia y bien asfaltada carretera para los colonos, discurre en paralelo con los senderos reservados para el uso de la población palestina. Verjas eléctricas y patrullas militares separan el asentamiento de la comunidad palestina. La tierra que pertenecía a varios de los agricultores de la zona ha sido requisada (legalmente para uso de los colonos, que, con frecuencia, atacan y hostigan a los residentes palestinos y destruyen sus campos e invernaderos. Cuatro puestos de control militar regulan los movimientos internos en al-Mawasi.


1 Para ampliar la información sobre el impacto de los cierres en la economía palestina, ver informes de la Oficina del Coordinador Especial de Naciones Unidas (UNSCO), www.unsco.org.

2 "No será castigada ninguna persona protegida por infracciones que no haya cometido ella misma" (Artículo 33, Cuarta Convención de Ginebra).

3 Entre el 28 de septiembre del 2000 y el 29 diciembre del 2001.


VI. Actos criminales contra las viviendas y la agricultura.

El ejército de ocupación israelí destruye, de forma habitual, viviendas y zonas agrícolas, golpeando sobre el corazón mismo de la economía y la sociedad en los Territorios Palestinos Ocupados (TPO). La destrucción de viviendas y de zonas agrícolas, sin una razón apremiante de seguridad, constituye una forma de castigo colectivo y con total claridad se prohíbe en la Cuarta Convención de Ginebra (1).

El ejército de ocupación israelí ha demolido al menos 400 viviendas sólo en la Franja de Gaza desde el inicio de la Intifada al-Aqsa, dejando a miles de palestinos sin vivienda(2). Con frecuencia las familias se despiertan con el ruido de las excavadoras a medianoche y en apenas tienen unos minutos para recoger algunas cosas antes de que comience la demolición. La destrucción de la vivienda es un golpe para la economía de los palestinos, y su recuperación económica será prácticamente imposible; el impacto es aún mayor si la vivienda se demuele con todos los enseres dentro.

Israel siempre dice que estas viviendas están siendo usadas por los palestinos para atacar a las bases militares israelíes. Sin embargo las demoliciones ocurren en masa, sin que exista un proceso judicial; no se aportan pruebas, ni se avisa previamente, no hay compensación ni posibilidad de apelación. En campos de refugiados como Khan Yunis y Rafah, filas de viviendas han sido destruidas como parte del proceso actual de creación de "zonas libre de fuego" vacías entre las posiciones del ejército israelí y las zonas civiles palestinas.

Las autoridades civiles israelíes están llevando a cabo demoliciones de viviendas también en el Jerusalén Este, ilegalmente anexionado por Israel, estas demoliciones se llevan a cabo con el pretexto de que las viviendas se han construido sin el permiso apropiado, a pesar de que las normas -discriminatorias- que regulan la construcción hacen prácticamente imposible que se consiga un permiso para cualquier residente palestino de Jerusalén.

Durante la Intifada al-Aqsa el ejército de ocupación israelí ha arrasado al menos 15.300 donums(3)  de tierra en la Franja de Gaza, la mayor parte de los cuales eran tierras agrícolas - 8% de las tierras arables de la Franja de Gaza- paralizando la economía de miles de agricultores. Con frecuencia esto supone que se arranquen árboles, se destruyan invernaderos, redes de irrigación, pozos, y la demolición de almacenes. Como ocurre cuando se demuelen las viviendas tampoco hay un proceso judicial. La tierra se destruye como una forma de castigo colectivo, o para la construcción de carreteras para los colonos israelíes que residen de forma ilegal en los TPO. Aunque las hostilidades se acabaran inmediatamente, la restauración de estas tierras para su completo uso agrícola llevará años.


1 "No será castigada ninguna persona protegida por infracciones que no haya cometido ella misma. Las penas colectivas, así como toda medida de intimidación o terrorismo, quedan prohibidas... Quedan igualmente prohibidas las medidas de represalias respecto a las personas protegidas o a sus bienes" (Articulo 33). También: "Está prohibido a la potencia ocupante destruir bienes muebles o inmuebles pertenecientes individual o colectivamente a personas particulares, al Estado, o a organismos públicos y a agrupaciones sociales o cooperativas, salvo en los casos en los que tales destrucciones las hicieran necesarias las operaciones bélicas". (Articulo 53).

2 Las estadísticas de este documentos se refieren al período que va desde el 28 de septiembre del 2000 al 29 de diciembre del 2001, y excluye las viviendas que fueron destruidas parcialmente así como aquéllas que resultaron dañadas como consecuencia de ataques de artillería o bombardeos.

3 Un donum equivale a 1.000 m2.


VII. Prisioneros y uso de la tortura

Alrededor de unos 2.500 presos palestinos están encarcelados en el interior de Israel, de los cuales 1.500 fueron arrestados antes del inicio de la Intifada al-Aqsa . El encarcelamiento de presos palestinos de los TPO en cárceles de Israel viola la legislación internacional humanitaria(1).

El uso de la tortura por parte de las fuerzas de seguridad israelíes contra presos palestinos sigue siendo habitual durante los interrogatorios. Golpes, sacudidas violentas, exposición a corta distancia de los ojos y la cara a luces que queman, privación del sueño, confinamiento y aislamiento, y la permanencia de los presos en posturas insoportables durante largo tiempo, son algunas de las prácticas más frecuentes. La tortura técnica está diseñada para infligir el máximo de dolor dejando las mínimas huellas. El Comité de Naciones Unidas contra la Tortura recordó a Israel en noviembre del 2001 que no hay justificación para el uso de la tortura bajo ninguna circunstancia.

El 6 de septiembre de 1999, el Tribunal Superior de Justicia israelí dijo que la presión física no estaba permitida durante el proceso de los interrogatorios, pero también decretó que el gobierno israelí podía legalizar la tortura si así lo consideraba (2). Además el Fiscal General de Israel ha manifestado que se reservaba el derecho de no perseguir a aquellos que utilizaran "presión física" en los interrogatorios. La tortura es una grave violación de la Cuarta Convención de Ginebra que la prohíbe en los artículos 31-32, 146-147 y, por ello, es considerada como crimen de guerra por la legislación humanitaria internacional.

Las condiciones que sufren los presos palestinos no llegan al cumplimiento de los niveles básicos. Los presos palestinos se encuentran en cárceles superpobladas, a menudo expuestos a temperaturas extremas, se les proporciona comidas inadecuadas y pobres medidas higiénicas. La atención médica es también insuficiente. A veces a los menores de edad se les confinan con criminales israelíes exponiéndose a daños físicos y psicológicos.

Desde 1996 y a causa de la política de cierres los abogados palestinos no pueden visitar a sus defendidos en Israel. Las visitas de familiares se han vuelto prácticamente imposibles.

Los tribunales militares israelíes no asumen las normas internacionales en los procedimientos judiciales. Los abogados palestinos no pueden visitar a sus defendidos en Israel y muy pocos presos podrían hacer frente al pago de un abogado israelí. Con cierta frecuencia se omite la información necesaria a los abogados sobre las comparecencias ante los tribunales de sus defendidos, las sesiones se retrasan sin justificación y las pruebas logradas con el uso de la tortura siguen siendo admitidas.

Docenas de palestinos están bajo detención administrativa, sin derecho a un juicio justo, asesoramiento legal o al conocimiento de los cargos que se le inculpan. Sus abogados no pueden examinar las evidencias que haya contra sus clientes.


1 Israel trasladó alrededor de 2.000 presos palestinos a cárceles de Israel después de la firma de los Acuerdos de Oslo, lo cual está expresamente prohibido por la Cuarta Convención de Ginebra: "Las personas protegidas inculpadas quedaran detenidas en el país ocupado, y de ser condenadas deberán extinguir en él sus penas" (Articulo 76).

2 "Si el Estado considera habilitar ... que los interrogadores utilicen medios físicos en los interrogatorios, debe promulgar la legislación para este propósito" Decisión del Tribunal Superior de Justicia israelí respecto a la tortura, párrafo 37.


VIII. Los Derechos Humanos y la Autoridad Nacional Palestina

La Autoridad Nacional Palestina (ANP) es una entidad autónoma creada por los Acuerdos de Oslo y que administra parte de los Territorios Palestinos Ocupados (TPO)(1). A pesar de que se acordó que tendría competencias en materia de seguridad en el 18% de los Territorios Palestinos Ocupados y el control civil sobre el 41%, su existencia no cambia el estatus legal de la Franja de Gaza y Cisjordania (incluido Jerusalén Este) de territorios ocupados, puesto que Israel invade las áreas bajo control de la Autoridad Nacional Palestina a su antojo, y las prácticas israelíes aún tienen un, fuerte impacto sobre todos los aspectos de la vida en los Territorios palestinos Ocupados. La situación de los derechos humanos en relación con la ANP no cumple las normas internacionales en las siguientes áreas:

Arrestos ilegales. Desde su creación en 1993, la ANP ha llevado a cabo un gran número de arrestos por motivos políticos, tanto bajo la presión de Israel como de Estados Unidos, a menudo sin cargos y en clara violación de las normas internacionales en materia de derechos humanos. Además la policía palestina no aplica las órdenes judiciales emitidas por los Tribunales palestinos para la liberación de los presos detenidos ilegalmente. La ANP liberó prácticamente a todos los presos al inicio de la Intifada al-Aqsa, ante el temor de que los centros de detención pudieran ser bombardeados por los aviones de combate israelíes. Sin embargo en otoño de 2001, la ANP retomó la práctica de las detenciones ilegales sin pruebas o proceso judicial alguno.

Torturas y malos tratos. Desde enero del 2001, al menos cuatro palestinos han muerto en circunstancias sospechosas bajo la custodia de la ANP, lo cual demuestra que la tortura se sigue aplicando.

Tribunal de Seguridad del Estado. La Autoridad Nacional Palestina ha establecido un Tribunal de Seguridad del Estado para evitar los trámites judiciales, eliminando así cualquier forma de trasparencia y un proceso justo. Los juicios son, con frecuencia, sumarios, arbitrarios e injustos y tienen lugar ante jueces militares con un abogado defensor impuesto; las sentencias se llevan a cabo sin posibilidad de apelación.

Pena de muerte. La ANP ha condenado a pena de muerte en contadas ocasiones y ha ejecutado a dos personas durante la Intifada al-Aqsa. El Centro Palestino de Derechos Humanos mantiene una rotunda oposición a la pena de muerte.

Colaboradores. Muchas de aquéllas personas que han tenido que hacer frente a las torturas, juicios injustos y pena de muerte, han sido acusados de colaborar con el ejército de ocupación israelí. Esta situación se ha complicado con los Acuerdos de Oslo, que garantizan inmunidad a cualquier palestinos que "haya mantenido contacto con las autoridades israelíes". El Centro Palestino de Derechos Humanos apoya las investigaciones, juicios y castigos a aquéllas personas que hayan colaborado, pero mantiene que esos juicios deben realizarse de acuerdo con las normas internacionales.

Instituciones Democráticas. Antes del inicio de la Intifada al-Aqsa, el brazo ejecutivo de la ANP de manera regular ha socavado el trabajo del Consejo Legislativo Palestino (CLP), al negarse a ratificar las leyes aprobadas, ignorando los plazos impuestos por el CLP, o no consultándola apropiadamente. El Consejo Legislativo Palestino no se ha podido reunir durante la Intifada al-Aqsa debido al cierre impuesto por Israel sobre los territorios.


1 La ANP es distinta de la Organización para la Liberación de palestina (OLP), que es considerada como la representante de la comunidad palestina en todo el mundo. Ambas organizaciones están bajo el liderazgo de Yasser Arafat.


IX. La Ley Humanitaria Internacional: el único camino hacia adelante

En el proceso de Oslo se han abierto tres grietas. La primera de ellas viene como consecuencia de un proceso que negociado entre dos partes ampliamente desiguales, sin ningún mecanismo que mediara significativamente sobre el desequilibrio de poder entre ambas partes. La segunda, a consecuencia de que se asume que los derechos humanos básicos y la protección que garantiza la legislación internacional humanitaria podían ser despreciados en nombre de la conveniencia política. Y la tercera, porque legitima implícitamente los asentamientos israelíes en los Territorios Palestinos Ocupados, a pesar de que están prohibidos por la legislación internacional humanitaria. Esto lleva a Israel, la parte fuerte en la negociación, a eludir sus obligaciones mientras continua expandiendo los asentamientos ilegales y violando la legislación con total impunidad. En lugar de acabar con la ocupación y obligar a la retirada del ejército de ocupación israelí y a los colonos de los Territorios Palestinos Ocupados (TPO), el proceso de Oslo legitimó la ocupación como una forma de apartheid de facto y de estrangulamiento económico. El elemento central de la filosofía del Centro Palestino de Derechos Humanos es que una paz justa y duradera solo será posible si se construye sobre el respeto a los derechos humanos y a la legislación humanitaria internacional.

La Cuarta Convención de Ginebra (1949) es la piedra angular de la legislación humanitaria internacional que asegura una mínima protección para la población civil en conflictos armados o bajo la ocupación. Prohíbe, entre otras cosas: la construcción de asentamientos en tierras ocupadas (artículo 49), las anexiones unilaterales (artículo 47), los asesinatos deliberados (artículos 146 - 147), los castigos colectivos (artículo 33), torturas (artículos 31- 32, 146 - 147). requiere también que aquéllos que cometan crímenes de guerra respondan ante un tribunal (definidos y listados como "infracciones graves" en el articulo 147 de la Convención). La Convención toma plenamente en cuenta las necesidades militares, por lo tanto, las razones de "seguridad" no pueden ser esgrimidas para su incumplimiento.

Ningún acuerdo especial puede afectar negativamente a la protección de los ciudadanos, según la Convención (artículos 7 y 47). Durante el proceso de Oslo continuaron las graves infracciones a la Convención, entre ellas: la construcción y expansión de asentamientos, el asesinato de personas desarmadas, el uso de la tortura y los castigos colectivos (cierres). Además, justo después de la firma de los Acuerdos, Israel trasladó 2.000 presos palestinos desde las cárceles de los TPO al interior de Israel, en un acto de clara violación de la Convención. Estos incumplimientos, especialmente la expansión de los asentamientos, fueron el factores clave que minaron el proceso de paz creando las circunstancias adecuadas para el regreso a la violencia en el año 2.000. Desde octubre del año 2000, las violaciones a la Convención por parte de Israel se han incrementado a niveles sin precedente.

Israel es uno de los 189 Estados que ha firmado la Convención ("Altas Partes Contratantes") y está legalmente ligado a ella. Sin embargo Israel se niega a respetar la Convención en los TPO a pesar de que tanto Naciones Unidas como cada una de las otras "Altas Partes Contratantes" han afirmado repetidamente que la Convención es de aplicación en las zonas tomadas en 1967, incluido Jerusalén Este. No solo Israel está legalmente obligada a respetar la Convención, sino todas las Altas Partes Contratantes están obligadas por el Artículo 1 a "respetar y hacer respetar el presente Convenio en todas circunstancias".

La Comunidad Internacional fracasó en el cumplimiento de sus obligaciones, recogidas en el Artículo 1 sobre el compromiso al respeto de la Convención. En julio de 1999, en un encuentro de las Altas partes Contratantes convocado por la Asamblea General de Naciones Unidas para discutir las formas de obligar a Israel al respeto a la Convención, fue suspendido 15 minutos después para "echar marcha atrás en el proceso de paz". Continuó la expansión sin precedentes de los asentamientos ilegales bajo el gobierno de Barak, seguido de la ruptura de las negociaciones y del retorno a la violencia. En diciembre del 2001, después de 14 meses de escaladas de los ataques israelíes contra la población civil palestina, un encuentro similar se levantó sin que se hubieran tomado ninguna medida de coacción. Estados Unidos e Israel boicotearon ambos encuentros con total impunidad mientras que el resto de los países no hicieron más que reafirmar la aplicabilidad de la Convención en los Territorios Palestinos Ocupados. Estados Unidos e Israel mantienen el acuerdo de oponerse a cualquier intento de despliegue de observadores o tropas de pacificación, ejerciendo el derecho a veto en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas innumerables veces. Como consecuencia, el hecho de que no se haya obligado a Israel a respetar la Cuarta Convención de Ginebra, le ha permitido a actuar como si estuviera por encima de la ley.

Según la obligación recogida en el Artículo 1 y dado que Israel persiste en su posición de no respetar la Convención desde 1967, el resto de los estados deben adoptar de manera inmediata y práctica las medidas necesarias para asegurar que Israel aplica en su totalidad la legislación humanitaria internacional en los Territorios Palestinos Ocupados, así como presionar a otros estados para que lo haga también. Entre estas medidas se pueden incluir sanciones como: prohibición de transferencia de armas y material militar, el fin de la ayuda económica, la suspensión de acuerdos firmados, embargo comercial (especialmente reforzando las normas actualmente existentes que prohíben importar de los asentamientos israelíes en los TPO), disminución o ruptura de las relaciones diplomáticas así como censura en diversos foros internacionales.

La práctica israelí de ocupación y asentamientos en los TPO constituye una forma de apartheid de facto siendo la raíz de la inestabilidad en la región. Dado que la mayor parte de estas prácticas violan las obligaciones legales de Israel como firmante de la Cuarta Convención de Ginebra, está claro que la aplicación de la ley internacional humanitaria representa la forma más clara, consistente y efectiva de acabar con la violencia en la región. Si se apremia a Israel a desmantelar los asentamientos, a acabar con los ataques contra la población civil, los castigos colectivos, a llevar ante los tribunales a los sospechosos de crímenes de guerra, la Comunidad Internacional puede crear un marco estable en el cual tanto palestinos como israelíes puedan resolver las cuestiones políticas más importantes y llegar a una paz justa, duradera y amplia.

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